El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que se amplía el plazo al 31 de diciembre de 2023 para el cumplimiento de las obligaciones relativas a controles volumétricos.
A todas las personas que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, incluyendo almacenamiento para usos propios, distribuyan o enajenen cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero, deberán contar controles volumétricos
- Multas de 35 mil a 5 millones de pesos
- Cierre de establecimientos
- de 3 a 8 años de prisión
Nuestro servicio se lleva a cabo en dos fases
Fase I. Videollamada
Conformación de Cuestionario:
1. Nombre de la Empresa
2. Ubicación de la empresa
3. Permiso CRE
4. Productos que maneja
5. Puntos de medición
6. Equipos de medición para recibo, salidas, almacenamiento
7. Equipo Informático para Controles Volumétricos
Fase II. Visita de Campo
1. Revisión Física Documental
2. Informe de Resultados
3. Programa de Mejora
4. Certificación por empresa acreditada ante la entidad mexicana de acreditación (ema)
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